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1.
Homeopatia Méx ; 87(713): 5-23, abr. - jun. 2018.
Artigo em Espanhol | LILACS, HomeoIndex - Homeopatia | ID: biblio-995359

RESUMO

Como lo señala el abogado argentino Juan Pablo Alonso, la legislación es un acto comunicativo que posee las características esenciales de cualquier otro acto lingüístico, características que permiten la satisfacción de ciertas necesidades comunicativas de la legislación. Las leyes se dictan con el propósito de contribuir al logro del bien común de los individuos que integran parte de una sociedad organizada bajo determinados deberes y derechos, siendo un presupuesto básico de este fin que los destinatarios puedan discernir de manera correcta y adecuada lo que dicha ley pretende normar; de allí que las leyes sean redactadas por los legisladores empleando un lenguaje claro, preciso y comprensible compartido por los destinatarios de las mismas. Contrariamente, la falta de ideas previas, la inexactitud y la imprecisión conceptual en los textos jurídicos propicia problemas de carácter lingüístico genérico traduciéndose en una compleja comunicación e interpretación del cuerpo legal. En este sentido, se analiza el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud (LGS) considerando su origen de referencia y redacción, el motivo de inclusión en la LGS y las diversas iniciativas de reforma planteadas en los últimos 6 años (2012-2018), el aspecto epistemológico e histórico de la Homeopatía y, particularmente, el marco legal de la Homeopatía en México, debido a que en su numeral II se contempla a los médicos homeópatas con el término "homeópatas". Si bien dicho término no debe generar confusión, al considerar a la Homeopatía como otra medicina e integrarla en las mal llamadas medicinas alternativas y/o complementarias (CAM o MAC), ha habilitado el intrusismo y la usurpación de la profesión mediante la proliferación de pseudoprofesionistas en México, quienes hoy día exigen "derechos" fundamentados en conceptos interpretativos y legislaciones hechas a modo.(AU)


The argentine lawyer Juan Pablo Alonso asserts that legislation is a communicative act that possesses the essential characteristics of any other linguistic act, characteristics that allow the satisfaction of certain communicative needs of the legislation. Laws are dictated with the purpose of contributing to the achievement of the common good of the individuals who form part of an organized society under certain duties and rights, being a basic budget of this end that the recipients can discern in a correct and adequate way what said Law intends to regulate; Hence the laws are drafted by legislators using clear, precise and understandable language shared by the recipients of the same. Conversely, the lack of previous ideas, inaccuracy and conceptual imprecision in legal texts, generates problems of a generic linguistic nature, translating into a complex communication and interpretation of the legal body. In this sense, the article 28 Bis of the General Health Law (LGS) is analyzed, considering its origin of reference and drafting, the reason for inclusion in the LGS, the various reform initiatives raised in the last 5 years; The epistemological and historical aspect of homeopathy, and particularly the legal framework of homeopathy in Mexico, because in its number II is contemplated homeopathic doctors with the term "homeopaths". Although this term should not create confusion; considering homeopathy as another medicine and integrating it into the so-called alternative and/or complementary medicines (CAM or MAC), has enabled intrusism and usurpation of profession through the proliferation of pseudoprofessionals in Mexico. Those who today demand "rights" based on interpretive concepts and legislation made by the way.(AU)


Assuntos
Médicos Homeopatas , Legislação , Homeopatia , Licenciamento , México
2.
Homeopatia Méx ; 86(706): 25-35, 2017.
Artigo em Espanhol | LILACS, HomeoIndex - Homeopatia, MOSAICO - Saúde integrativa | ID: biblio-880110

RESUMO

Alrededor del mundo existen grupos de presión autodenominados escépticos científicos que han intentado erradicar a la Homeopatía de los sistemas nacionales de salud de algunos países o impedido su integración en otros, mediante campañas mediáticas de discurso aparentemente científico, pero lleno de trampas semánticas y retóricas. No obstante, alejándonos de teorías conspiradoras contra la Homeopatía, esta "guerra" de desprestigio es una señal de alarma que el gremio médico homeopático nacional e internacional debe tomarse en serio ante el creciente fanatismo homeopático y la a veces mostrada imagen de una Homeopatía empírica y sectaria por parte de algunos miembros del gremio. En este sentido, el presente escrito, resultado de una exhaustiva investigación en internet, es un informe donde se exponen datos históricos y las acciones emprendidas desde la década de 1990 por el grupo emérito en México.


Assuntos
Sistemas de Saúde , Métodos de Estudo de Matéria Médica , Homeopatia , México
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